La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó mantener reservada la información de compra de vacunas contra COVID, contrario a dos resoluciones del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) de 2021.
En la sesión del pleno de la SCJN de este 21 de agosto, los y las ministras declararon procedentes y fundados dos recursos de revisión en materia de seguridad nacional presentados por la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal.
Los recursos RRA 4932/21 y RRA 6867/21, fueron promovidos en contra de las resoluciones del 27 de mayo y 9 de junio de 2021 del INAI.
El proyecto del ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, por unanimidad, fue aprobado y con esto, los recursos de la Consejería fueron declarados procedentes por motivos de seguridad nacional.
Las resoluciones del INAI se realizaron por una solicitud de información relacionada con la adquisición de vacunas Pfizer-BioNtech, AstraZeneca y Cansino contra COVID-19 por parte de la Secretaría de Salud (SSa), estos datos no fueron revelados por parte del gobierno federal y así permanecerá, al menos, hasta 2025.
En su resolución, el INAI instaba a la Secretaría de Salud a proporcionar la versión pública de los acuerdos y/o contratos firmados en 2021 para la adquisición de vacunas de Pfizer-BioNtech, AstraZeneca y Cansino, a través del Fondo de Acceso Global para Vacunas COVID (COVAX), así como del Serum Institute of India.
La SCJN también desechó la determinación del INAI que ordenaba a la SSa modificar los periodos de reserva de información y entregar versiones públicas de los contratos de suministro de las vacunas suscritos con dichas empresas.
Por lo que confirmó que la información debe permanecer en reserva hasta por 5 años.
El 16 de junio de 2022, la SCJN resolvió dos recursos de revisión en materia de seguridad nacional por determinaciones del INAI relacionadas con la entrega de documentos para la adquisición de vacunas contra COVID.
Una resolución del Instituto determinó revocar la reserva de la información invocada por la SSa y le instruyó entregar versiones públicas de los contratos para la adquisición de vacunas celebrados con las farmacéuticas Pfizer, AstraZeneca, CanSino, Sputnik, Serum y Sinovac.
En la segunda decisión le instruyó confirmar, a través de su Comité de Transparencia, la clasificación de los comprobantes de pagos para la adquisición de vacunas contra COVID como información reservada y confidencial, con fundamento en los artículos 110, fracción II y 113, fracciones II y III, de la Ley Federal de Transparencia.
En su resolución, en el pleno de la SCJN concedió en el sentido de proporcionar versiones públicas pero amplió el periodo de reserva de la información de 2 a 5 años.
Días después, el INAI volvió a instruir a la Secretaría de Salud dar a conocer el número de vacunas recibidas por México a través del Covax, asunto que también ha sido impugnado por la Consejería del Ejecutivo Federal y se encuentra pendiente de resolver.